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Puesta a tierra en una instalación fotovoltaica: Normativa eléctrica en Chile

puesta a tierra

Normativa eléctrica en Chile sobre Puesta a tierra en una instalación fotovoltaica:  

En instalaciones fotovoltaicas, una puesta a tierra bien diseñada protege contra incendios, descargas eléctricas y daños en equipos o inmuebles.

La normativa para puesta a tierra en Chile, definida por la SEC en la Instrucción Técnica RGR N°02/2020, exige conectar todas las partes metálicas de la instalación fotovoltaica a tierra, cumplir con resistencias máximas de 20 Ohm (con excepciones hasta 80 Ohm), y aplicar los esquemas TT, TN o IT según corresponda.

¿Qué es la puesta a tierra en un sistema fotovoltaico?

La puesta a tierra es un sistema de seguridad eléctrica que conecta las partes metálicas de una instalación (como la estructura para paneles solares) a un potencial de referencia, normalmente el suelo. Su función principal es proteger a las personas y a los equipos frente a descargas eléctricas, sobretensiones o fallas a tierra.

En un sistema fotovoltaico, esto significa conectar estructuras de soporte, la carcasa del inversor y pasillos técnicos a una red de tierra que asegure la disipación segura de corrientes de falla.

Además de la seguridad, la puesta a tierra asegura el correcto funcionamiento de protecciones eléctricas y alarga la vida útil de los equipos.

Sin un sistema de tierra adecuado, una falla podría propagarse a toda la instalación o incluso a la red de distribución, poniendo en riesgo tanto al usuario como a la infraestructura de la empresa distribuidora.

Normativa eléctrica chilena aplicable

En Chile, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) regula las condiciones de seguridad eléctrica a través de la Instrucción Técnica RGR N°02/2020, que establece las disposiciones específicas para las instalaciones fotovoltaicas conectadas a la red.

Esta normativa complementa la Norma Técnica de Conexión y Operación de Equipamiento de Generación (Netbilling) y el Reglamento de Seguridad de las Instalaciones de Consumo (DS N°8/2020), integrando estándares internacionales como IEC e IEEE.

De acuerdo con la normativa eléctrica chilena, toda instalación fotovoltaica debe contemplar un sistema de puesta a tierra que garantice la seguridad de las personas, la continuidad de servicio y la protección de la red de distribución.

Esto aplica tanto para sistemas residenciales de pequeña escala como para plantas comerciales o industriales.

Requisitos de la normativa para puesta a tierra

Según el capítulo 17 de la RGR N°02/2020, la normativa SEC establece que todas las partes metálicas de la instalación fotovoltaica —estructuras, pasillo técnico, carcasas de equipos— deben estar conectadas a la tierra de protección.

Algunos de los puntos clave son:

  • La puesta a tierra no debe alterar el sistema de la red de distribución ni transferir defectos a esta.

  • Los materiales usados deben ser resistentes a la corrosión, manteniendo la conductividad eléctrica.

  • Las canalizaciones metálicas de agua, gas o calefacción no pueden utilizarse como parte de la puesta a tierra, por razones de seguridad.

  • Si se retira un módulo fotovoltaico, la continuidad del conductor de tierra no debe interrumpirse.

  • La conexión de paneles, inversores y microinversores debe realizarse siguiendo las instrucciones del fabricante, para no invalidar garantías

Tipos de esquemas de puesta a tierra

La normativa diferencia entre instalaciones con y sin separación galvánica:

  • Con separación galvánica: se permite utilizar el sistema IT (neutro aislado). Ningún conductor activo se pone a tierra, pero todas las partes metálicas deben estar interconectadas y aterrizadas.

  • Sin separación galvánica: la instalación será TT o TN, es decir, el neutro estará puesto a tierra junto con las partes metálicas de los equipos

En ambos casos, se busca asegurar que ante una falla la corriente tenga un camino seguro hacia la tierra, activando las protecciones eléctricas.

Valores de resistencia y medición

La normativa para puesta a tierra exige que el sistema cumpla con lo indicado en el Pliego Técnico Normativo RIC N°06 del DS N°8/2020. El valor de resistencia de tierra no debe superar los 20 Ohm. Sin embargo, en instalaciones de baja tensión se aceptan excepciones:

  • Empalmes menores a 10 kW.

  • Sistemas con esquema TN.

  • Cuando se utiliza el sistema de tierra de la instalación de consumo.
    En estos casos, se permite llegar hasta un máximo de 80 Ohm

La medición debe realizarse según el anexo N°9 de la RGR N°02/2020 o conforme a la norma internacional IEEE Std. 81, que establece métodos para evaluar la resistividad del terreno y la impedancia de la puesta a tierra.

 

Importancia de cumplir la normativa SEC

Cumplir con la normativa eléctrica chilena no solo es una obligación legal, sino también una garantía de seguridad y confiabilidad en un sistema con paneles solares para casa o empresas.

La puesta a tierra bien diseñada permite que la instalación fotovoltaica pueda ser declarada y fiscalizada por la SEC sin observaciones, evitando retrasos en la conexión a la red o sanciones.

Para instaladores e ingenieros, conocer y aplicar la normativa SEC en la puesta a tierra es clave para ofrecer proyectos seguros, eficientes y duraderos.